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    "SINTESIS_DESCRIPTIVA": "Acepta una abstención en el recurso de amparo 7109-2011, promovido por don Juan González Álvarez en proceso contencioso-administrativo.",
    "SINTESIS_ANALITICA": "Abstención de Magistrados del Tribunal Constitucional, acepta: intervención en la vía judicial previa.",
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    "RESENA_DESCRIPTIVA": "Don Juan González Álvarez interpone recurso de amparo, presentado el 28 de diciembre de 2011, contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo recaído en recurso de casación 5804-2010 interpuesto contra la Sentencia de 15 de abril de 2010 dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso núm. 792-2002.",
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        "TEXTO": "Único. En el recurso de amparo antes referido se impugna el Auto de 24 de febrero de 2011 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo recaído en recurso de casación 5804-2010 interpuesto contra la Sentencia de 15 de abril de 2010 dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso núm. 792-2002.\r\n\r\nMediante escrito fechado el 17 de septiembre de 2013 el Magistrado don Juan José González Rivas comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por haber formado parte de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que dictó el Auto de 24 de febrero de 2011, resolución impugnada en el presente recurso de amparo núm. 7109-2011.\r\n"
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        "TEXTO": "Único. Vista la comunicación efectuada por don Juan José González Rivas, Magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, art. 80, estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado formó parte de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó el Auto de 24 febrero de 2011, en el recurso de casación núm. 5804-2010 que ha sido impugnado en el presente recurso de amparo 7109-2011."
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