Sección Cuarta. Auto 94/2016, de 29 de abril de 2016. Recurso de amparo 7353-2015. Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7353-2015, promovido en pleito civil.
AUTO
I. Antecedentes
1. El 23 de diciembre de 2015 tiene entrada en el Registro General del Tribunal demanda interponiendo recurso de amparo contra Sentencia núm. 208-2015, de 29 de octubre de 2015, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Segovia en recurso de apelación núm. 295-2015 interpuesto contra la Sentencia de 26 de junio de 2015 del Juzgado de Primera Instancia de Santa María La Real de Nieva en el juicio verbal 127-2015.
2. Por escrito de fecha 6 de abril de 2016, presentado el día siguiente, el Procurador don Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de la parte recurrente Bankia, S.A., solicita se la tenga por desistida del presente recurso de amparo.
3. Por diligencia de ordenación de 8 de abril de 2016 se dio traslado al Ministerio Fiscal a fin de que formulara alegaciones, lo que hizo por escrito presentado el 25 de abril de 2016 en el que manifiesta que es procedente acordar el desistimiento solicitado.
II. Fundamentos jurídicos
Único. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica (LOTC), que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, el Ministerio Fiscal no ha opuesto objeción alguna a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente, sin que, por otro lado se aprecie perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Por tanto, y dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC], procede acceder al desistimiento solicitado.
Por todo lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Tener por desistida del presente recurso de amparo a Bankia, S.A., y archivar las presentes actuaciones.
Madrid, a veintinueve de abril de dos mil dieciséis.
- Constitución española, de 27 de diciembre de 1978
- Artículo 161.1 b), f. único
- Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
- Artículo 41.3, f. único
- Artículo 80, f. único
- Artículo 86, f. único
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial
- En general, f. único
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil
- En general, f. único
- Desistimiento en el recurso de amparoDesistimiento en el recurso de amparo, f. único