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Tribunal Constitucional de España

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Sección Segunda. Auto 161/2017, de 21 de noviembre de 2017. Recurso de amparo 3513-2017. Acepta una abstención en el recurso de amparo 3513-2017, promovido por la Audiencia provincial de A Coruña y el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de A Coruña en pleito civil.

AUTO

I. Antecedentes

Único. En el recurso de amparo núm. 3513-2017 se impugnan los Autos de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña en rollo 29-2017 y del Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de A Coruña en pieza separada de medidas cautelares núm. 29-2017 del procedimiento ordinario núm. 873-2016.

Mediante escrito fechado el 16 de noviembre de 2017 el Magistrado don Santiago Martínez-Vares García comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

II. Fundamentos jurídicos

Único. Vista la comunicación efectuada por don Santiago Martínez-Vares García, Magistrado de esta Sección Segunda del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el artículo 219.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Santiago Martínez-Vares García en el recurso de amparo núm. 3513-2017, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.

Identificación
Órgano Sección Segunda
Magistrados

Don Andrés Ollero Tassara y doña María Luisa Balaguer Callejón.

Número y fecha BOE
Tipo y número de registro
Fecha de resolución 21/11/2017
Síntesis y resumen

Síntesis Descriptiva

Acepta una abstención en el recurso de amparo 3513-2017, promovido por la Audiencia provincial de A Coruña y el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de A Coruña en pleito civil.

  • disposiciones citadas
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
  • Artículo 80 (redactado por la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre), f. único
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial
  • Artículo 219.9 (redactado por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre), f. único
  • Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
  • En general, f. único
  • Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho
  • En general, f. único
  • Conceptos constitucionales
  • Visualización
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