Retour à la page d'accueil
Tribunal Constitutionnel de L'Espagne

Chercheur de jurisprudence constitutionnelle

Pleno. Auto 355/2023, de 4 de julio de 2023. Cuestión de inconstitucionalidad 2577-2023. Acepta una abstención en la cuestión de inconstitucionalidad 2577-2023, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con los apartados primero y segundo del artículo 3.1 del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.

El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, y doña Laura Díez Bueso, en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2577-2023 ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Por escrito fechado el día 27 de junio de 2023, el magistrado don Juan Carlos Campo Moreno comunicó al señor presidente, a los efectos oportunos, su voluntad de abstenerse de intervenir en el conocimiento de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2577-2023.

2. La solicitud de abstención se vincula al hecho de haber participado el magistrado, en su anterior condición de diputado, en la votación del Pleno del Congreso de los Diputados de 15 de diciembre de 2016, en la que se convalidó el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.

II. Fundamentos jurídicos

Único. Visto el contenido de la comunicación efectuada por el magistrado don Juan Carlos Campo Moreno, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de la abstención formulada. La participación del magistrado, en su anterior condición de diputado, en la votación del Pleno del Congreso de los Diputados de 15 de diciembre de 2016, en la que se convalidó el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, objeto de la presente cuestión de inconstitucionalidad, integra la causa de abstención recogida en el art. 219.13 LOPJ, según la cual lo es: “[h]aber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo”.

Por lo expuesto, el Pleno

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Juan Carlos Campo Moreno, apartándole definitivamente del conocimiento de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2577-2023.

Madrid, a cuatro de julio de dos mil veintitrés.

Identificación
Compétence Pleno
Juges

Don Cándido Conde-Pumpido Tourón, doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso.

Numéro et date BOE
Type et numéro d'enregistrement
Fecha de resolución 04/07/2023
Synthèse et résumé

Synthèse descriptive

Acepta una abstención en la cuestión de inconstitucionalidad 2577-2023, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con los apartados primero y segundo del artículo 3.1 del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.

  • dispositions générales mentionnées
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre. Tribunal Constitucional
  • Artículo 80, f. único
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio. Poder judicial
  • Artículo 219.13, f. único
  • Artículo 221.4, f. único
  • Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social
  • En general, f. único
  • Conceptos constitucionales
  • Visualización
Aidez-nous à améliorerVeuillez utiliser ce formulaire pour prévenir au Tribunal Constitutionnel d'une possible coquille dans le texte de la décision
Aidez-nous à améliorerUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico.
Vous allez télécharge un document OpenXML (standar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible avec Word et LibreOffice

Vous pouvez télécharger aussi le document en format json o xml
Mapa Web