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Spanish Constitutional Court

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Sección Primera. Auto 159/2012, de 12 de septiembre de 2012. Recurso de amparo 1419-2011. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1419-2011, promovido por don Antonio Herce Herce en proceso contencioso-administrativo.

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 9 de marzo de 2011, el Procurador de los Tribunales don Francisco Velasco Muñoz Cuéllar, en nombre y representación de don Antonio Herce Herce, y bajo la dirección del Letrado don Cesáreo Sauras Pons, interpuso demanda de amparo contra Sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo recaído en recurso de casación núm. 4832-2009 contra la dictada por la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas en rollo de apelación núm. 55-2008.

2. Por escrito de 4 de septiembre de 2012, el Magistrado Excmo. Sr. don Juan José González Rivas manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica 2/1979 (artículo 80), al haber intervenido en instancia anterior, toda vez que fue Ponente en su condición de Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único. . Vista la comunicación efectuada por don Juan José González Rivas, Magistrado de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado Excmo. Sr. don Juan José González Rivas en el recurso de amparo núm. 1419-2011 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a doce de septiembre de dos mil doce.

Identificación
Jurisdiction Sección Primera
Judges

Don Pascual Sala Sánchez y doña Adela Asua Batarrita.

BOE (Official State Gazzete) number and date
Type and record number
Date of the decision 12/09/2012
Synthesis and summary

Descriptive Synthesis

Acepta una abstención en el recurso de amparo 1419-2011, promovido por don Antonio Herce Herce en proceso contencioso-administrativo.

Analytical Synthesis

Abstención de Magistrados del Tribunal Constitucional, acepta: intervención en la vía judicial previa.

  • mentioned regulations
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre. Tribunal Constitucional
  • Artículo 80
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio. Poder judicial
  • Artículo 219.11
  • Artículo 221.4
  • Constitutional concepts
  • Procedural concepts
  • Visualization
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