Pleno. Auto 326/2023, de 20 de junio de 2023. Recurso de inconstitucionalidad 5342-2020. Acepta una abstención en el recurso de inconstitucionalidad 5342-2020, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso y en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6283-2020, promovida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, y doña Laura Díez Bueso, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 5342-2020, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso y en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6283-2020, promovida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Por escrito fechado el día 12 de junio de 2023, el magistrado don Juan Carlos Campo Moreno comunicó al señor presidente, a los efectos oportunos, su voluntad de abstenerse de intervenir en el conocimiento del incidente de ejecución promovido en el recurso de inconstitucionalidad núm. 5342-2020 y en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6283-2020.
2. La solicitud de abstención viene vinculada al hecho de haber participado el magistrado, en la condición de Ministro de Justicia, en los Consejos de Ministros de 25 de octubre y 3 de noviembre de 2020, en los que se aprobaron, respectivamente, el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020.
II. Fundamentos jurídicos
Único. Visto el contenido de la comunicación efectuada por el magistrado don Juan Carlos Campo Moreno, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de la abstención propuesta. La intervención del magistrado, en su anterior condición de Ministro de Justicia, en los Consejos de Ministros de 25 de octubre y 3 de noviembre de 2020, que aprobaron, respectivamente, el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, integra, de acuerdo con los arts. 2, 5, 18, 22 y 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, la causa de abstención recogida en el art. 219.13 LOPJ, según la cual lo es: “Haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo”.
Por lo expuesto, el Pleno
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Juan Carlos Campo Moreno, apartándole definitivamente del conocimiento del incidente de ejecución del recurso de inconstitucionalidad núm. 5342-2020 y de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6283-2020.
Déjese el original de la presente resolución en el recurso de inconstitucionalidad núm. 5342-2020 y llévese testimonio a la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6283-2020.
Madrid, a veinte de junio de dos mil veintitrés.
- Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
- Artículo 80, f. único
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial
- Artículo 219.13, f. único
- Artículo 221.4, f. único
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
- Artículos 2, 5, 18, 22 y 24, f. único
- Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2
- En general, f. único
- Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2
- En general, f. único
- Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único