Volver a la página principal
Tribunal Constitucional de España

Buscador de jurisprudencia constitucional

Pleno. Auto 634/1985, de 26 de septiembre de 1985. Recurso de inconstitucionalidad 249-1984. Acordando haber lugar al desistimiento del actor en el recurso de inconstitucionalidad 249/1984

El Pleno del Tribunal Constitucional en su reunión del día de la fecha y en el asunto de referencia ha acordado dictar el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. El Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, interpuso, en escrito presentado ante este Tribunal Constitucional el 6 de abril de 1984, recurso de inconstitucionalidad contra el párrafo segundo del art. 4 de la Ley Foral 45/1983, de 31 de diciembre, del Parlamento de Navarra.

2. Por providencia de 9 de abril de 1984, la Sección Primera del Pleno de este Tribunal acordó admitir a trámite el recurso y dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Diputación Foral y al Parlamento de Navarra, al objeto de que pudieran personarse en el procedimiento y formular las alegaciones que estimaren oportunas. Asimismo, habiéndose invocado en el art. 161.2 de la Constitución, acordó comunicar a los Presidentes de la Diputación Foral y del Parlamento de Navarra la suspensión de la norma impugnada desde la fecha de la formalización del recurso, suspensión que fue ratificada por Auto de 18 de octubre de 1984 3. Por sendos escritos presentados el 12 de mayo de 1984, el Procurador de los Tribunales don José de Dorremochea Aramburu comparece en nombre y representación de la Diputación Foral y del Parlamento de Navarra solicitando la desestimación del recurso.

4. El Abogado del Estado, debidamente autorizado al efecto, por escrito de 26 de junio pasado formula desistimiento del recurso de inconstitucionalidad en su día interpuesto contra el mencionado párrafo 2.° del art. 4 de la Ley Foral 45/1983, alegando que las pretensiones en él contenidas han sido satisfechas con la publicación, en el «Boletín Oficial de Navarra» de 6 de mayo de 1985, de la Ley Foral 5/1985, de 30 de abril, por la que aquella norma resulta modificada.

5. Con fecha de 26 de junio de 1985, la Sección acuerda dar traslado del escrito de la Diputación Foral y al Parlamento de Navarra para que expongan lo que estimen procedente respecto al desistimiento efectuado por el Abogado del Estado.

6. Por escrito de 9 de julio de 1985, la representación del Parlamento de Navarra manifiesta su conformidad y solicita se dicte resolución declarando haber lugar a la petición de desistimiento efectuada.

II. Fundamentos jurídicos

Único. La modificación del párrafo 2.° del art. 4 de la Ley Foral 45/1983, de 31 de diciembre, del Parlamento de Navarra, contenida en la Ley Foral 5/1985, de 30 de abril, en el sentido de suprimir toda referencia a órganos de la Administración del Estado, ha dejado sin objeto al presente recurso de inconstitucionalidad.

Por ello procede admitir la petición de desistimiento formulada por el Abogado del Estado, sobre la que ha manifestado expresamente su acuerdo la representación del Parlamento de Navarra, y declarar terminado este proceso constitucional.

En su virtud, el Pleno del Tribunal Constitucional acuerda tener al Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, por desistido el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el párrafo 2.° del art. 4 de la Ley Foral 45/1983,

de 31 de diciembre, del Parlamento de Navarra, y el archivo de las actuaciones.

Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, a veintiséis de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco.

Identificación
Órgano Pleno
Magistrados

Don Manuel García-Pelayo y Alonso, don Jerónimo Arozamena Sierra, don Ángel Latorre Segura, don Manuel Díez de Velasco Vallejo, don Francisco Rubio Llorente, doña Gloria Begué Cantón, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Rafael Gómez-Ferrer Morant, don Ángel Escudero del Corral y don Antonio Truyol Serra.

Número y fecha BOE
Tipo y número de registro
Fecha de resolución 26/09/1985
Síntesis y resumen

Síntesis Descriptiva

Acordando haber lugar al desistimiento del actor en el recurso de inconstitucionalidad 249/1984

Resumen

Desistimiento: procedencia.

  • disposiciones con fuerza de ley impugnadas
  • disposiciones citadas
  • Comunidad Foral de Navarra. Ley Foral 45/1983, de 31 de diciembre, sobre financiación de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra
  • Artículo 4 párrafo 2 (redactado por la Ley Foral del Parlamento de Navarra 5/1985, de 30 de abril)
  • Comunidad Foral de Navarra. Ley Foral 5/1985, de 30 de abril, por la que se modifica el párrafo segundo del artículo 4 de la Ley Foral 45/1983, de 31 de diciembre, sobre financiación de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra
  • En general
  • Conceptos constitucionales
  • Visualización
Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional una posible errata encontrada en el texto de la resolución.
Ayúdenos a mejorarUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico.
Va a descargar un documento en formato OpenXML (estándar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible con Word y LibreOffice

También tiene la posiblidad descargar la resolución en formato json o xml
Mapa Web