Retour à la page d'accueil
Tribunal Constitutionnel de L'Espagne

Chercheur de jurisprudence constitutionnelle

Sala Segunda. Auto 334/2007, de 18 de julio de 2007. Recurso de amparo 9563-2005. Acepta una abstención en el recurso de amparo 9563-2005, promovido por don Benedicto Vadillo Ortiz.

AUTO

I. Antecedentes

Único. En el recurso de amparo núm. 9563-2005, promovido por don Benedicto Vadillo Ortiz, representado por el Procurador de los Tribunales don Enrique de Antonio Viscor, se recurre la Sentencia de fecha 31 de octubre de 2005 dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo núm. 276-2002.

Mediante escrito de fecha 10 de julio de 2007 el Magistrado don Guillermo Jiménez Sánchez comunicó, a los efectos oportunos, que se abstenía de intervenir en la tramitación y resolución del indicado recurso, de conformidad con el art. art. 80 LOTC, en relación con el art. 219, 8ª, 10ª, 13ª y 16ª LOPJ.

II. Fundamentos jurídicos

Único. Vista la comunicación efectuada por don Guillermo Jiménez Sánchez, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la abstención formulada, al concurrir en el Magistrado don

Guillermo Jiménez Sánchez las causas de abstención aducidas en su comunicación.

Por lo expuesto, la Sala

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por don Guillermo Jiménez Sánchez en el recurso de amparo núm. 9563-2005, apartándole definitivamente del referido procedimiento.

Madrid, a dieciocho de julio de dos mil siete.

Identificación
Compétence Sala Segunda
Juges

Don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez.

Numéro et date BOE
Type et numéro d'enregistrement
Fecha de resolución 18/07/2007
Synthèse et résumé

Synthèse descriptive

Acepta una abstención en el recurso de amparo 9563-2005, promovido por don Benedicto Vadillo Ortiz.

Synthèse analytique

Abstención de magistrados del Tribunal Constitucional, acepta.

  • dispositions générales mentionnées
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
  • Artículo 80
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial
  • Artículo 221.4
  • Conceptos constitucionales
  • Visualización
Aidez-nous à améliorerVeuillez utiliser ce formulaire pour prévenir au Tribunal Constitutionnel d'une possible coquille dans le texte de la décision
Aidez-nous à améliorerUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico.
Vous allez télécharge un document OpenXML (standar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible avec Word et LibreOffice

Vous pouvez télécharger aussi le document en format json o xml
Mapa Web