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Tribunal Constitutionnel de L'Espagne

Chercheur de jurisprudence constitutionnelle

Sala Segunda. Auto 261/2009, de 10 de noviembre de 2009. Recurso de amparo 1828-2009. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1828-2009, promovido por don José Luis Higuera González y otros.

AUTO

I. Antecedentes

Único. El presente recurso de amparo núm 1828-2009 es promovido por don José Luis Higuera González y otros sobre el Auto dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana, en el recurso de apelación núm. 176-2008 contra la resolución del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Vinarós en las diligencias previas 209-2005.

Mediante escrito de fecha 3 de noviembre de 2009 el Magistrado don Eugenio Gay Montalvo comunicó, a los efectos oportunos, que se abstenía de intervenir en la tramitación y resolución del indicado recurso, de conformidad con el art. 219.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), por cuanto concurre en el referido Magistrado la causa de abstención citada, “parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el letrado o el procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa”.

II. Fundamentos jurídicos

Único. Vista la comunicación efectuada por don Eugenio Gay Montalvo, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada por el mencionado Magistrado.

Por lo expuesto, la Sala

ACUERDA

Estimar justifica la abstención formulada por don Eugenio Gay Montalvo, en el recurso de amparo núm 1828-2009, apartándole definitivamente del referido procedimiento.

Madrid, a diez de noviembre de dos mil nueve.

Identificación
Compétence Sala Segunda
Juges

Don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez.

Numéro et date BOE
Type et numéro d'enregistrement
Fecha de resolución 10/11/2009
Synthèse et résumé

Synthèse descriptive

Acepta una abstención en el recurso de amparo 1828-2009, promovido por don José Luis Higuera González y otros.

Synthèse analytique

Abstención de magistrados del Tribunal Constitucional, acepta.

  • dispositions générales mentionnées
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
  • Artículo 80
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial
  • Artículo 221.4
  • Conceptos constitucionales
  • Visualización
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