Pleno. Auto 109/2021, de 16 de diciembre de 2021. Recurso de amparo 2233-2021. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2233-2021, promovido por don Jordi Cuixart i Navarro, en causa penal.
El Pleno del Tribunal Constitucional compuesto por el magistrado don Pedro José González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos, don Santiago Martínez-Vares García y don Ricardo Enríquez Sancho; la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón; los magistrados don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo Alcubilla, y las magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña Inmaculada Montalbán Huertas, en el recurso de amparo avocado 2233-2021 interpuesto don Jordi Cuixart i Navarro en causa penal, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
Único.
En el recurso de amparo núm. 2233-2021, interpuesto por don Jordi Cuixart i Navarro, se impugna el auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 25 de febrero de 2021, dictado en la causa especial núm. 20907-2017, por el que se desestima el incidente de nulidad deducido contra el anterior auto de 4 de diciembre de 2020, por el que, entre otros acuerdos, se estimó el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto de 19 de agosto de 2020 del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. 5 de Cataluña que confirmaba la aplicación del tercer grado de clasificación penitenciaria al ahora recurrente en amparo.
Mediante providencia de 4 de octubre de 2021, la Sala Segunda de este tribunal acordó proponer su avocación al Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10.1 n) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Mediante escrito fechado el 29 de noviembre de 2021, el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, comunicó a los efectos oportunos que, por concurrir la causa de abstención prevista en el apartado décimo del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al apreciar las mismas razones que fueron expuestas en su escrito de fecha 7 de abril de 2021, que dio lugar a que mediante ATC 48/2021, de 21 de abril, fuera aceptada su abstención en el recurso de amparo 1403-2020, se abstenía de intervenir en la tramitación y resolución del presente recurso de amparo, dado que se refiere y constituyen su objeto resoluciones judiciales adoptadas en el curso de la causa especial 20907-2017, en relación con la ejecución de la sentencia condenatoria dictada y el control que al tribunal sentenciador corresponde sobre su cumplimiento en régimen penitenciario.
II. Fundamentos jurídicos
Único. Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, magistrado de la Sección Primera del Tribunal Constitucional, el Pleno, en virtud de lo previsto en el apartado décimo del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (artículo 80), estima justificada la causa de abstención formulada, por lo que resulta procedente su aceptación en los términos y por las razones que interesa.
Por lo expuesto, el Pleno
ACUERDA
Aceptar la abstención formulada por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 2233-2021, y apartarle definitivamente del conocimiento del citado recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno.
- Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
- Artículo 80, f. único
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial
- Artículo 219, f. único
- Abstención de magistrados del Tribunal ConstitucionalAbstención de magistrados del Tribunal Constitucional, Acepta, f. único