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Tribunal Constitutionnel de L'Espagne

Chercheur de jurisprudence constitutionnelle

Sección Tercera. Auto 83/2024, de 19 de septiembre de 2024. Recurso de amparo 6241-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6241-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 6241-2022, promovido por doña Clara Ponsatí i Obiols, siendo ponente la magistrada doña Laura Díez Bueso, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 22 de septiembre de 2022, el procurador de los tribunales don Javier Fernández Estrada, en nombre y representación de doña Clara Ponsatí i Obiols y bajo la dirección del letrado don Gonzalo Boye Tuset, formuló demanda de amparo contra la providencia de 28 de junio de 2022 de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso ordinario núm. 51-2020.

2. Por escrito de 19 de septiembre de 2024, el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único. Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 6241-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a diecinueve de septiembre de dos mil veinticuatro.

Identificación
Compétence Sección Tercera
Juges

Doña Inmaculada Montalbán Huertas y doña Laura Díez Bueso.

Numéro et date BOE
Type et numéro d'enregistrement
Fecha de resolución 19/09/2024
Synthèse et résumé

Synthèse descriptive

Acepta una abstención en el recurso de amparo 6241-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.

  • dispositions générales mentionnées
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
  • Artículo 80, f. único
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial
  • Artículo 219.11, f. único
  • Artículo 221.4, f. único
  • Conceptos constitucionales
  • Visualización
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