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Tribunal Constitutionnel de L'Espagne

Chercheur de jurisprudence constitutionnelle

Sección Cuarta. Auto 130/1982, de 31 de marzo de 1982. Recurso de amparo 387/81. Acordando el archivo de las actuaciones

En el recurso de amparo interpuesto por don Jesús Expósito Fernández contra criterios de selección de personal por parte de la empresa Hunosa, la Sección ha dictado el siguiente Auto:

AUTO

I. Antecedentes

1. En 20 de noviembre de 1981 tuvo entrada en este Tribunal escrito de don Jesús Expósito Fernández interponiendo recurso de amparo contra los criterios de selección de personal para la provisión de plazas en la empresa Hunosa; figurando, entre ellos, el de la edad y el de la ubicación geográfica o residencia del solicitante; solicitaba el nombramiento de Procurador y Abogado de oficio.

2. La Sección Cuarta, en 16 de diciembre de 1981, recabó del Colegio de Procuradores de Madrid y del Consejo General de la Abogacía la designación, por el turno de oficio de colegiados que ostentasen la representación y defensa del señor Expósito; recayendo tal nombramiento en el Procurador don Juan Miguel Sánchez Masa y en el Abogado don Luis Lorenzo Mayor.

3. En 27 de enero de 1982 la Sección Cuarta dictó providencia disponiendo se hiciese saber a los nombrados su designación, para que en el plazo de diez días formalizasen la demanda de conformidad con el art. 49 de la Ley Orgánica de este Tribunal, o bien hiciesen uso de lo que dispone el art. 43 de la de Enjuiciamiento Civil.

4. La representación del recurrente presentó en 13 de febrero de 1982 escrito en el que el Letrado don Luis Lorenzo Mayor razonaba ampliamente su excusa para asumir la defensa que le había sido encomendada. La Sección, en 24 del mismo mes y año, dispuso la comunicación al interesado del escrito de excusa, lo que tuvo lugar en 9 de marzo en curso. Para llegar a su decisión la Sección ha tomado en consideración los siguientes

II. Fundamentos jurídicos

Único. La excusa del Abogado nombrado en turno de oficio, por ser insostenible la acción, y la no comparecencia del recurrente por medio de Procurador y asistido de Abogado de su designación, determina el archivo de las actuaciones.

Por lo expuesto, la Sección acuerda el archivo de las actuaciones de que se ha hecho mérito.

Madrid, a treinta y uno de marzo de mil novecientos ochenta y dos.

Identificación
Compétence Sección Cuarta
Juges

Don Jerónimo Arozamena Sierra, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León y don Francisco Tomás y Valiente.

Numéro et date BOE
Type et numéro d'enregistrement
Fecha de resolución 31/03/1982
Synthèse et résumé

Synthèse descriptive

Acordando el archivo de las actuaciones

Résumé

Archivo de las actuaciones. Abogado y Procurador de oficio: excusa.

  • dispositions générales mentionnées
  • Constitución española, de 27 de diciembre de 1978
  • Artículo 21
  • Conceptos procesales
  • Visualización
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