Sección Tercera. Auto 4/1984, de 11 de enero de 1984. Recurso de amparo 378/1983. Acordando la petición de recibimiento a prueba en el recurso 378/1983
La Sección ha examinado el recurso de amparo interpuesto por doña María Teresa Calvo Leonor, doña Angeles Inés Casado Carrero, doña Eloísa López de Sancho y Sánchez, doña Carmen Sara González Lombardero y doña Erena López-Malla García.
AUTO
I. Antecedentes
Único.
Por providencia de 5 de octubre de 1983 se abrió el trámite de alegaciones que regula el art. 52 de la Ley Orgánica de este Tribunal, la parte demandante pidió el recibimiento a prueba del recurso indicando la materia sobre que habría de versar.
De dicha petición se dio traslado a las otras partes, habiendo mostrado su conformidad el Abogado del Estado y su no oposición la representación de las codemandadas; el Ministerio Fiscal expone su parecer de que no procede el recibimiento a prueba pedido.
II. Fundamentos jurídicos
Único. No habiéndose opuesto formalmente las otras partes a la petición de la demandante y no infiriéndose su impertinencia en relación al objeto litigioso, aparece procedente acceder a lo pedido en los términos que se indican en la parte dispositiva de esta resolución.
Por lo expuesto, la Sección acuerda que, con citación de las partes, se dirija comunicación a la Dirección General de Tráfico interesándole certificación o fotocopia adverada de los siguientes documentos:
a) Escrito-circular 113/1980, de 24 de septiembre, sobre concurso de traslado de funcionarios de la Escala Ejecutiva.
b) Escrito-circular 136/1980, de 21 de noviembre, sobre resolución del concurso a que se refiere el apartado anterior.
c) Escrito-circular 18/1981 sobre resolución de concurso.
Se acuerda asimismo no haber lugar a las restantes pruebas.
Madrid, a once de enero de mil novecientos ochenta y cuatro.
- Derecho a utilizar medios de pruebaDerecho a utilizar medios de prueba
- Recibimiento a pruebaRecibimiento a prueba