Back to home page
Spanish Constitutional Court

Constitutional case-law search engine

Sala Primera. Auto 81/1981, de 15 de julio de 1981. Recurso de amparo 41/1981. Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 41/1981

En el asunto reseñado, la Sala ha acordado dictar el siguiente AUTO

AUTO

I. Antecedentes

1. En el escrito de fecha de 31 de marzo último, presentado en el recurso de amparo núm. 41/1981 por el Procurador señor Ramos Cea, en representación de don Rafael Serrano Escribano y otros, contra Sentencia dictada por el Juzgado de Distrito de Collado de Villalba, confirmada en apelación, por la que se condena a multas de 2.000 pesetas y 1.000 pesetas a los recurrentes, se solicitó la suspensión de las Sentencias impugnadas.

2. En el plazo establecido por la Ley formularon sus alegaciones el Ministerio Fiscal que se opuso a la suspensión, y los recurrentes que reiteraron su solicitud.

II. Fundamentos jurídicos

1. El art. 56.1 de la LOTC dispone que la Sala que conozca de amparo «suspenderá» la ejecución del acto contra el que se recurra cuando tal ejecución hubiese de causar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad. Establece además dicho artículo que podrá denegarse la suspensión cuando de ésta pueda producirse perturbación grave de los intereses generales o de los derechos fundamentales o libertades públicas de un tercero.

2. La doctrina reiterada de esta Sala (Autos de 19 de septiembre, de 24 del mismo mes y 22 de octubre, todos ellos de 1980) establece que tratándose de resoluciones judiciales existe un interés general en mantener su eficacia de forma que en principio no procede suspender su ejecución salvo que circunstancias especiales lo aconsejen. No dándose esas circunstancias en este caso y no siendo el perjuicio irreparable, por tratarse de penas pecuniarias de escasa cuantía no procede la suspensión.

En consecuencia, la Sala ha acordado denegar la suspensión solicitada sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la LOTC.

Madrid, a quince de julio de mil novecientos ochenta y uno.

Identificación
Jurisdiction Sala Primera
Judges

Don Manuel García-Pelayo y Alonso, don Ángel Latorre Segura, don Manuel Díez de Velasco Vallejo, doña Gloria Begué Cantón, don Rafael Gómez-Ferrer Morant y don Ángel Escudero del Corral.

BOE (Official State Gazzete) number and date
Type and record number
Date of the decision 15/07/1981
Synthesis and summary

Descriptive Synthesis

Denegando la suspensión de la ejecución del acto que origina el recurso de amparo 41/1981

Summary

Suspensión de la ejecución del acto que origina el amparo: sanciones pecuniarias: improcedencia.

  • mentioned regulations
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre. Tribunal Constitucional
  • Artículo 56.1
  • Artículo 57
  • Constitutional concepts
  • Visualization
Help us improveUse this form to notify the Constitutional Court any possible errata in the text of the decision.
Help us improveUse this form to notify the Constitutional Court any possible new semantic descriptor.
You're about to download a document in OpenXML format (standard ECMA-376, ISO/IEC 29500), supported by Word and LibreOffice

You can also download it in json o xml format
Mapa Web