Back to home page
Spanish Constitutional Court

Constitutional case-law search engine

Pleno. Auto 589/1987, de 14 de mayo de 1987. Cuestión de inconstitucionalidad 391/1987. Acordando la inadmisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad 391/1987

AUTO

I. Antecedentes

1. Por Auto de 10 de febrero de 1987 la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife acordó plantear Cuestión de Inconstitucionalidad del art. 13.1 de la Ley 24/1983 de 21 de diciembre de Medidas Urgentes de Saneamiento y Regulación de Las Haciendas Locales. El planteamiento de la Cuestión de Inconstitucionalidad mencionada tuvo entrada en este Tribunal el día 26 de marzo de 1987, y se formuló previo cumplimiento de los reguisitos procesales establecidos en el art. 35 y siguientes LOTC.

2. Por providencia de la Sección 3ª de 1 de abril de 1987 se acordó oir al Ministerio Fiscal por plazo de 10 días a fin de que alegase sobre la admisibilidad de la Cuestión de Inconstitucionalidad planteada al haber dictado sentencia este Tribunal, en la cuestión 665/84 el 17 de febrero de 1987, declarando la inconstitucionalidad del art. 13.1 de la Ley 24/1983 de 21 de diciembre.

3. El Ministerio Fiscal evacuó el traslado conferido por escrito de 13 de abril de 1987 en el que tras exponer los antecedentes de la Cuestión de Inconstitucionalidad planteada, y referirse a la eficacia "erga omnes" de las sentencias que declaran la inconstitucionalidad de una norma, solicitaba que se declarase la inadmisibilidad de la planteada al haberse declarado la inconstitucionalidad del artículo 13.1 de la Ley 24 de 21 de diciembre de 1983 en virtud de la Sentencia del Tribunal Constitucional 19/1987 de 17 de febrero.

II. Fundamentos jurídicos

Único. - La eficacia erga omnes que es propia de las sentencias de este Tribunal en los procedimientos de inconstitucionalidad (artículo 38.1 LOTC) implica, como consecuencia ineludible, la de que, declarada la inconstitucionalidad de una norma legal, ésta queda expulsada del ordenamiento, con lo que no puede ser aplicada por ningún órgano del Estado.

Declarada por la sentencia del pasado 17 de febrero, recaída en la Cuestión de Inconstitucionalidad 665/84, la inconstitucionalidad y consiguiente nulidad del artículo 13.1 de la Ley de Medidas Urgentes de Saneamiento y Regulación de las Haciendas Locales, declaración que afecta a tal precepto en su enunciado y no en una interpretación determinada del mismo, es claro que ese precepto ha quedado privado de todo efecto. Esta decisión y su necesaria consecuencia priva así de objeto a la cuestión que en su Auto de 10 de febrero de 1987 nos planteaba la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

En razón de todo ello, el Pleno de este Tribunal ha acordado declarar la inadmisión, por desaparición de su objeto, de la cuestión mencionada.

Madrid, a catorce de mayo de mil novecientos ochenta y siete.

Identificación
Jurisdiction Pleno
Judges

Don Francisco Tomás y Valiente, doña Gloria Begué Cantón, don Ángel Latorre Segura, don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Antonio Truyol Serra, don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Carlos de la Vega Benayas, don Eugenio Díaz Eimil, don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, don Jesús Leguina Villa y don Luis López Guerra.

BOE (Official State Gazzete) number and date
Type and record number
Date of the decision 14/05/1987
Synthesis and summary

Descriptive Synthesis

Acordando la inadmisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad 391/1987

Summary

Inadmisión. Desaparición del objeto del proceso.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife plantea cuestión de inconstitucionalidad en relación con el art. 13.1 de la Ley 24/1983, de Medidas Urgentes de Saneamiento y Regulación de las Haciendas

Locales por posible oposición al art. 31.3 de la C.E.

  • Visualization
Help us improveUse this form to notify the Constitutional Court any possible errata in the text of the decision.
Help us improveUse this form to notify the Constitutional Court any possible new semantic descriptor.
You're about to download a document in OpenXML format (standard ECMA-376, ISO/IEC 29500), supported by Word and LibreOffice

You can also download it in json o xml format
Mapa Web