Retour à la page d'accueil
Tribunal Constitutionnel de L'Espagne

Chercheur de jurisprudence constitutionnelle

Sala Segunda. Auto 63/2006, de 27 de febrero de 2006. Recurso de amparo 3891-2003. Acepta una abstención en el recurso de amparo 3891-2003, promovido por don José Manuel Grande Morlán.

AUTO

I. Antecedentes

Único. En el recurso de amparo antes referido se impugna Auto dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el Recurso de casación contra la sentencia dictada por el TSJ de Galicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo en el recurso 302/98.

Mediante escrito fechado el 9 de febrero de 2006 el Magistrado don Eugeni Gay Montalvo comunicó, a los efectos oportunos, que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 219.13ª LOPJ, dado que los Acuerdos a que hace referencia el presente recurso fueron tomados durante su presidencia del Consejo General de la Abogacía y, en consecuencia, también de su Comisión Permanente.

II. Fundamentos jurídicos

Único. Vista la comunicación efectuada por don Eugeni Gay Montalvo, Magistrado de esta Sala Segunda del Tribunal Constitucional, la Sala, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 LOPJ, estima justificada la causa de abstención formulada.

Por lo expuesto, la Sala

ACUERDA

Estimar la causa de abstención formulada por el Excmo. Sr. Don Eugeni Gay Montalvo en el recurso de amparo con núm. de registro 3891-2003, apartándole definitivamente del referido recurso.

Madrid, a veintisiete de febrero de dos mil seis.

Identificación
Compétence Sala Segunda
Juges

Don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez.

Numéro et date BOE
Type et numéro d'enregistrement
Fecha de resolución 27/02/2006
Synthèse et résumé

Synthèse descriptive

Acepta una abstención en el recurso de amparo 3891-2003, promovido por don José Manuel Grande Morlán.

Synthèse analytique

Abstención y recusación de magistrados del Tribunal Constitucional: abstención de magistrados, acepta.

  • dispositions générales mentionnées
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
  • Artículo 80
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial
  • Artículo 221.4
  • Conceptos constitucionales
  • Visualización
Aidez-nous à améliorerVeuillez utiliser ce formulaire pour prévenir au Tribunal Constitutionnel d'une possible coquille dans le texte de la décision
Aidez-nous à améliorerUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico.
Vous allez télécharge un document OpenXML (standar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible avec Word et LibreOffice

Vous pouvez télécharger aussi le document en format json o xml
Mapa Web
X Ha ocurrido un error inesperado. Por favor, contacte con el administrador del sitio.