Retour à la page d'accueil
Tribunal Constitutionnel de L'Espagne

Chercheur de jurisprudence constitutionnelle

Sección Tercera. Auto 242/2013, de 22 de octubre de 2013. Recurso de amparo 329-2013. Acepta una abstención en el recurso de amparo 329-2013, promovido por don Juan Carlos Torres-Dulce en proceso contencioso-administrativo.

AUTO

I. Antecedentes

Único. . En el recurso de amparo antes referido se impugna una Sentencia y Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso 183-2011 contra resolución del Pleno del Tribunal de Cuentas recurso 10-2010.

Mediante escrito fechado el 4 de octubre de 2013, el Magistrado don Juan José González Rivas comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por haber formado parte de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que dictó la Sentencia de 10 de abril de 2012, resolución impugnada en el presente recurso de amparo número 329-2013.

II. Fundamentos jurídicos

Único. . Vista la comunicación efectuada por don Juan José González Rivas, Magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado formó parte de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que dictó la Sentencia de 10 de abril de 2012, en el recurso de casación núm. 183-2011 que ha sido impugnado en el presente recurso de amparo 329-2013.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Juan José González Rivas en el recurso de amparo número 329-2013, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a veintidós de octubre de dos mil trece.

Identificación
Compétence Sección Tercera
Juges

Doña Adela Asua Batarrita y don Pedro José González-Trevijano Sánchez.

Numéro et date BOE
Type et numéro d'enregistrement
Fecha de resolución 22/10/2013
Synthèse et résumé

Synthèse descriptive

Acepta una abstención en el recurso de amparo 329-2013, promovido por don Juan Carlos Torres-Dulce en proceso contencioso-administrativo.

Synthèse analytique

Abstención de Magistrados del Tribunal Constitucional, acepta: intervención en la vía judicial previa.

  • dispositions générales mentionnées
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre. Tribunal Constitucional
  • Artículo 80, f. único
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio. Poder judicial
  • Artículo 219.11, f. único
  • Conceptos constitucionales
  • Conceptos procesales
  • Visualización
Aidez-nous à améliorerVeuillez utiliser ce formulaire pour prévenir au Tribunal Constitutionnel d'une possible coquille dans le texte de la décision
Aidez-nous à améliorerUtilice este formulario para notificar al Tribunal Constitucional un posible nuevo descriptor semántico.
Vous allez télécharge un document OpenXML (standar ECMA-376, ISO/IEC 29500) compatible avec Word et LibreOffice

Vous pouvez télécharger aussi le document en format json o xml
Mapa Web